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Ley Federal del Derecho de Autor Artículo 232 Quáter Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley Federal del Derecho de Autor Federal
Artículo 232 Quáter.

Se impondrá una multa de mil hasta veinte mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien sin la autorización respectiva:

I.Suprima o altere la información sobre la gestión de derechos;

II.Distribuya o importe para su distribución, información sobre la gestión de derechos sabiendo que esa información ha sido suprimida, alterada, modificada u omitida sin autorización, o

III.Produzca, reproduzca, publique, edite, fije, comunique, transmita, distribuya, importe, comercialice, arriende, almacene, transporte, divulgue o ponga a disposición del público copias de obras, interpretaciones o ejecuciones, o fonogramas, sabiendo que la información sobre la gestión de derechos ha sido suprimida, alterada, modificada u omitida sin autorización.

Federal de México Artículo 232 Quáter Ley Federal del Derecho de Autor
Artículo 1o ...232 Bis 232 Ter 232 Quáter 232 Quinquies 232 Sexies ...238

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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


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